Según una nueva ley anticorrupción adoptada el año pasado, en Francia está prohibido anunciar, promover o promover de otro modo la celebración de contratos de criptomonedas que presenten riesgos. Dichos contratos incluyen CFD, futuros, opciones y otros productos financieros complejos.
Esto se debe al hecho de que el regulador llegó a la conclusión de que dichos contratos son derivados de criptomonedas, es decir, contratos en virtud de los cuales las partes reciben el derecho o asumen la obligación de realizar determinadas acciones en relación con el activo subyacente, sólo que en el caso de las criptomonedas, dicho activo subyacente no son acciones, sino bitcoins y otros tipos de criptomonedas.
Los derivados están regulados por la legislación pertinente, que establece requisitos de autorización, reglas comerciales y obligaciones de presentación de informes. Además, dicha legislación prohíbe la publicidad de contratos financieros riesgosos.
Al clasificar los contratos, el regulador Autorité des marchés financiers (AMF) ha encontrado una manera de regularlos basándose en la legislación existente.
Los intercambios en línea que ofrecen derivados de criptomonedas ahora deben regularse de acuerdo con MiFID2 y operar dentro del marco del Reglamento de Infraestructura de Mercado Europeo (EMIR). Según la AMF, estas criptomonedas también están sujetas a la jurisdicción de la ley anticorrupción francesa.
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