Regulación de las criptomonedas en jurisdicciones de la UE usando el ejemplo de Luxemburgo

Regulación de las criptomonedas en jurisdicciones de la UE usando el ejemplo de Luxemburgo

Al comenzar una serie de publicaciones sobre el estado legal de las criptomonedas en diferentes países del mundo, consideraremos primero los estados miembros de la UE. Hoy hemos elegido la jurisdicción europea de Luxemburgo para su análisis.

Primero, una breve excursión a la historia de la formación del derecho europeo en el ámbito de los sistemas de pago electrónico.

El acto normativo fundamental a partir del cual comenzó el desarrollo de todo el marco regulatorio sectorial de la UE en relación con el dinero electrónico en general y las monedas digitales, en particular, se considera la Directiva de Servicios de Pago del 13 de noviembre de 2007 (PSD - Directiva de servicios de pago, 2007/64/EC).

Este documento regulatorio fue adoptado por el Parlamento Europeo por iniciativa de la Comisión Europea (Dirección General de Mercados Internos) y tenía como objetivo regular los servicios de pago y los proveedores de servicios de pago en toda la Unión Europea (UE) y el Espacio Económico Europeo (EEE). El objetivo de la Directiva era aumentar la competencia paneuropea y la participación en la industria de pagos por parte de las instituciones no bancarias, garantizando la igualdad de condiciones mediante la armonización de la protección del consumidor, así como los derechos y responsabilidades tanto de los proveedores de pagos como de los usuarios de pagos.

La Directiva PSD fue posteriormente modificada y actualizada dos veces: en 2009 (Reglamento UE 924/2009) y en 2012 (Reglamento UE 260/2012), pero el 8 de octubre, En 2015 fue sustituida por una nueva Directiva, o mejor dicho, su segunda versión, que incluso tiene un nombre adecuado para ello: "PSD2".

Directiva de servicios de pago revisada (PSD2), adoptado por el Parlamento Europeo por iniciativa de la Comisión Europea, tenía como objetivo crear pagos europeos más seguros e innovadores. Las nuevas normas pudieron proteger mejor a los consumidores al realizar pagos en línea y también crearon una plataforma para la promoción, el desarrollo y el uso de pagos innovadores en línea y móviles, como la "banca abierta", haciendo que los servicios de pago europeos internacionales sean más seguros. El 16 de noviembre de 2015, el Consejo de la Unión Europea aprobó PSD2 como base, y los estados miembros de la UE tuvieron que implementar esta directiva en sus leyes y regulaciones nacionales en un plazo de dos años... Como resultado, la UE y muchos bancos comenzaron a guiarse en sus actividades incluso antes por la nueva Directiva de Servicios de Pago, que, por cierto, entró en vigor este año 2018.

El segundo documento regulatorio clave por el que se guían los reguladores estatales de la UE al emitir licencias en el campo del comercio electrónico, incluso en relación con las empresas de criptomonedas, esDirectiva 2009/110/CEadoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre control y supervisión prudencial de las entidades de pago electrónico, modificada 2005/60/CE y 2006/48/CE, que derogó la Directiva 2000/46/CE.

Así, vemos que la mayoría de los miembros de la UE sólo están mirando más de cerca el mercado de las criptomonedas, tratando de “probarse la capa” de las regulaciones existentes en el campo de los sistemas de pago electrónico.

Pero, a pesar de cierta amorfa e insensibilidad de la legislación europea, algunos miembros de la Comunidad Europea decidieron dar el salto sin esperar al resto. 

Y fue Luxemburgo quien se convirtió en un pionero en la regulación, o más bien en la concesión de licencias, de criptomonedas.

Podemos decir con seguridad que el Ducado de Luxemburgo es uno de los países más avanzados de la Unión Europea y que tiene un nivel de vida bastante alto entre sus "hermanos", sin dejar de ser uno de los estados europeos más ricos. 

Esta es de facto y de jure una zona offshore que ofrece las condiciones más favorables para la inversión, lo que, a su vez, ha convertido a este país en un líder en comparación con otros miembros de la comunidad mundial europea. Así, Luxemburgo, siguiendo las tendencias modernas, atrajo posteriormente aún más inversiones a su zona económica. 

Evidencia de ello fue la primera licencia en el Espacio Económico Europeo, emitida en 2016 por la Comisión para la Supervisión del Sector Financiero (CSSF) - el regulador estatal de Luxemburgo - al intercambio de criptomonedas esloveno BitStamp

Gracias a esta licencia, el intercambio los clientes recibieron por primera vez la oportunidad legal de intercambiar criptomonedas combinadas con dinero fiduciario simultáneamente en 28 países de la Unión Europea.. 

Este agradable “bonus” se explica de forma muy sencilla. Según las normas europeas, los proveedores de servicios financieros, si se les concede una licencia estatal en uno de los países de la UE, reciben poderes equivalentes que se extienden al territorio de otros miembros de la UE. 

Como referencia: el intercambio BitStamp fue fundado en 2011 por Nejc Kodric y actualmente es el tercer intercambio de criptomonedas más grande del mundo en términos de volúmenes de operaciones en el par BTC/USD.

Tratando de mantenerse a la vanguardia, la Comisión de Vigilancia de los Sectores Supervisados (CSSF) de Luxemburgo, a diferencia de sus "colegas" de otros países europeos, en febrero El 14 de enero de 2017 hizo una declaración esencialmente revolucionaria, en la que reveló su actitud hacia las monedas digitales y sus expectativas de las empresas de bitcoin. En su declaración, la CSSF ofreció asistencia a las empresas de bitcoins que han expresado su deseo de operar en este país, y también prometió adoptar un enfoque caso por caso al tomar decisiones regulatorias.

Como se desprende de la declaración, textualmente: “Las personas interesadas que quieran participar en negocios financieros en Luxemburgo deben describir en detalle sus objetivos y alcance de actividad para que la comisión de la CSSF pueda determinar su estado para obtener la autorización del gobierno”.

A pesar de que este mensaje ocupa solo una página, describe el La posición de CSSF sobre las criptomonedas con cierto detalle.

CSSF señala que considera que las criptomonedas son dinero porque son aceptadas como pago por "un grupo suficientemente grande de individuos". Mientras tanto, el regulador nacional no considera las criptomonedas como “medios de pago oficiales”.

La declaración también indicó en qué se diferencian las monedas digitales como bitcoin de otras categorías de dinero electrónico. Además, el regulador mencionó las advertencias realizadas anteriormente por la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados Financieros (ESMA). Sin embargo, la probabilidad de que las autoridades de Luxemburgo creen una legislación especial que regule las actividades de las empresas de bitcoins sigue siendo insignificante.

Resumiendo lo anterior, podemos decir definitivamente que la comunidad mundial no presta suficiente atención a la regulación de las transacciones de criptomonedas... El ejemplo ilustrativo de Luxemburgo y el desarrollo del marco regulatorio, principalmente en el Reino Unido, puede brindar una experiencia positiva para toda la comunidad global en su conjunto. Luxemburgo, considerado el centro financiero y económico de la Unión Europea, obviamente acelerará la ya acelerada integración de las criptomonedas en el sistema existente de regulación de licencias para instrumentos de pago electrónico.

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